Empresas Premium
OCU ha analizado el etiquetado de 25 alimentos que realizan alegaciones sobre su carácter “natural”, “artesano”, “tradicional” y “casero”. De este estudio OCU concluye que la mayoría de estas afirmaciones son exageradas y tienen como objetivo "confundir y engañar a los consumidores".
El Reglamento Europeo sobre información alimentaria facilitada al consumidor que regula el etiquetado de los alimentos en toda Europa, establece que la información que se proporciona al consumidor no debe inducir a error sobre las características del alimento, sobre su naturaleza, cualidades, composición o modo de fabricación. Esta obligación también se extiende a la publicidad y la presentación de los productos.
A pesar de esta clara obligación, OCU en su estudio ha encontrado ejemplos de alimentos que incumplen las obligaciones de la normativa, usando de forma confusa ciertos términos.
Con la intención de hacer sus productos más atractivos para los consumidores dando una imagen de sanos, muchos fabricantes incluyen en el envase de sus productos la palabra “natural”. OCU recuerda que solo las aguas minerales, el yogur y algunas conservas puede llevar el nombre de natural con respaldo legal. En el resto de productos es una exageración. Incluir alegaciones como “caldo 100% natural” “paté natural” o “puré de patatas original natural” constituyen un claro ejemplo de un uso indiscriminado de un término con muchos significados diferentes, pero ninguno claro para el consumidor. Para OCU no se puede llamar natural a un producto elaborado, y solo con las únicas excepciones justificadas que establece la normativa se puede utilizar este término.
También con la idea de que el consumidor perciba como más agradable y sabroso un alimento elaborado de forma manual o artesanal, se incluyen en el etiquetado las menciones “casero”, “tradicional” o “artesano”. Sin embargo basta dar la vuelta al envase y leer la lista de ingrediente para comprobar que un tomate frito “estilo casero” de casero tienen bien poco, por la adicción de ingredientes como espesantes, conservantes y aromas que es evidente que no se utilizan en casa. O unas pastas hechas según la “receta tradicional” que curiosamente contiene aditivos o aceite de palma, ingredientes que no figuran en ninguna receta tradicional o casera. De la misma forma se alega el carácter artesano, un término que regulan las Comunidades Autónomas, sin ningún tipo de garantía o control sobre la veracidad de estas afirmaciones.
A juicio de OCU, la industria alimentaria se aprovecha de la falta de una legislación clara para incluir estas alegaciones en sus etiquetas para hacer más atractivos sus productos al consumidor a pesar de la evidente falsedad de la información que ponen a disposición de los consumidores.
Por todo ello OCU se ha dirigido a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) y al Ministerio de Agricultura para solicitar, al igual que existe en otros países, que se adopte una normativa que impida el abuso y la exageración por parte de la industria en la publicidad de los alimentos.