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Vender desde bebidas alcohólicas hasta comestibles. El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado 10 de septiembre una serie de modificaciones en el modelo de distribución del tabaco en España que afectan a esta ampliación de productos de venta y la gestión de las máquinas de tabaco.
El gobierno prepara un cambio de calado para los estancos. En un año prevé que el canal de distribución de los estancos se convierta en tiendas de conveniencia y pequeños supermercados de proximidad. El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado 10 de septiembre una serie de modificaciones en el modelo de distribución del tabaco en España. Entre esos cambios, que afectan a la posibilidad de importar directamente de otros países de la Unión Europea labores de tabaco, se ha incluido de forma muy discreta, un artículo que modifica el estatuto concesional de la red de estancos.
Este artículo establece que sin comunicación previa al regulador del mercado, el Comisionado del Mercado de Tabacos, los estancos podrán vender otros productos distintos a las cajetillas y derivados. Recordar que hasta ahora los estancos sólo estaban autorizados a vender artículos de fumador, y de librería y papelería y todo con la autorización previa, ahora se amplia el universo de la venta y el Comisionado del Mercado de Tabacos únicamente podrá realizar una labor inspectora a posteriori.
Máquinas de tabaco
Otro punto importante es la gestión de las máquinas de vending de tabaco ubicadas en puntos de venta autorizados. A partir de la entrada en vigor de esta normativa el titular de este negocio podrá delegar la administración de estos equipos al responsable de un estanco, que será el que se encargue del mantenimiento y de la presencia de la las labores -o referencias- más demandadas, de que los precios sean los correctos y del cumplimiento del resto de requisitos legales.
En este sentido, el estanco no podrá cobrar por estos trámites, pero sí se beneficiará de una mejora de la facturación.