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La norma unifica todas las disposiciones existentes en el marco jurídico nacional en un único Real Decreto, además refuerza los requisitos y especificidades de la producción de ciertas bebidas para garantizar su calidad respecto a métodos tradicinales.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto en el que establecen normas complementarias a las de la Unión Europea para la producción, designación, presentación y etiquetado de determinadas bebidas espirituosas. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente destaca que el objetivo de esta norma es mejorar la competitividad del sector nacional, garantizar la leal competencia entre las industrias y favorecer la unidad de mercado.
Esta actuación del Gobierno permite simplificar la normativa, adaptándola al marco legislativo de la UE, a la evolución del mercado español y unifica todas las disposiciones existentes en el marco jurídico nacional en un único Real Decreto Asimismo, refuerza los requisitos y especificidades de la producción de ciertas bebidas para garantizar su calidad respecto a métodos tradicinales.
Pacharan, ronmiel y brandy
La norma consolida la legislación nacional sobre métodos de producción tradicionales del brandy, que data de los años 1974 y 1977, establece menciones facultativas para determinadas categorías de bebidas espirituosas (ron, brandy, orujo, bebida espirituosa anisada, anís, anís destilado, licor y bebida espirituosa) y precisa los elementos básicos que deberán cumplir el ´Pacharán´ y el ´Ronmiel´. Además, establece los métodos de análisis aplicables y los requisitos de comercialización y etiquetado.