3 de mayo, 2022
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Cómo afecta la nueva normativa sobre medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Patricia Prendes Fernández, Directora del Departamento de Derecho Agroalimentario de J.L. Casajuana, nos da las claves de esta modificación legislativa.

El pasado 14 de diciembre se aprobó la Ley 16/2021, por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, transponiendo la Directiva (UE) 2019/633 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril de 2019, relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas de la cadena de suministro agrícola y alimentario.

Las empresas afectadas tendrán para adaptar al nuevo régimen los contratos preexistentes, prórrogas y novaciones incluidas.  El reciente 1 de mayo de 2022 ha finalizado el régimen transitorio, siendo obligatoria la aplicación de esta norma, que va a afectar a prácticamente todo el sector agroalimentario.

La Ley 16/2021 busca paliar los desequilibrios existentes en el poder de negociación entre proveedores y compradores de productos agrícolas y alimentarios. La nueva norma parte del reconocimiento de las principales vulnerabilidades del sector: la dispersión de los operadores de la cadena, la rigidez y austeridad de la demanda, la estacionalidad en el mercado y la heterogeneidad de sus características internas.

La Ley 16/2021 incluye en su artículo 14 bis una lista de prácticas comerciales desleales prohibidas sin excepción en las relaciones entre compradores y proveedores. Son las siguientes:

  • Aplazamientos de pago que excedan de los sesenta días o, en su caso, del plazo específicamente previsto para el comercio minorista en esa misma norma. Para operaciones entre mayoristas  y minoristas, el aplazamiento queda limitado a 30 días.
  • Cancelación de un pedido perecedero dentro de los treinta días previos al momento señalado para la entrega de los productos por parte del vendedor.
  • Modificación unilateral de términos del contrato de suministro.
  • Exigir pagos que no están relacionados con la venta de los productos agrícolas o alimentarios del proveedor.
  • Exigencia al proveedor de que realice un pago por el deterioro y/o la pérdida de productos agrícolas y alimentarios, ocurridos en los locales del comprador o cuando la propiedad ya le ha sido transferida, sin que dicho deterioro o pérdida le sean imputables al proveedor.
  • Negarse a confirmar por escrito los términos del contrato.
  • Adquisición, utilización o divulgación de secretos empresariales.
  • Amenaza ilícita de represalia comercial.
  • Transferencia al  proveedor de gastos derivados del estudio de reclamaciones de clientes relativas a la venta de los productos del proveedor, cuando la causa de las mismas no le sean imputables.

Estas prácticas comerciales que son prohibiciones absolutas, son denominadas también “prácticas negras”. Se amplía el plazo de prescripción de las infracciones, prescribiendo las graves a los tres años desde el día de su comisión, y las muy graves a los cinco años. 

Despacho de abogados J.L. Casajuana

J.L.Casajuana nace como despacho de abogados en 1976, fundado por nuestro socio director José Luis Casajuana Espinosa. Desde entonces venimos ofreciendo nuestros servicios tanto a empresas como a particulares, en el ámbito de la asesoría legal nacional e internacional, en la defensa ante tribunales y en procedimientos de arbitraje.

El despacho cuenta con un departamento especializado de Derecho Agroalimentario, dirigido por Patricia Prendes Fernández, con acreditada experiencia en la materia. Esta probada experiencia y el profundo conocimiento de las particularidades de este sector se han adquirido, entre otras razones, gracias a la involucración directa de la directora del departamento en actividades propias y específicas del sector agroalimentario y en su colaboración con asociaciones y cooperativas del sector durante años. El departamento de Derecho Agrario ofrece a sus clientes una cobertura integral abarcando todas las necesidades del sector agroalimentario en todas las fases de la cadena, entre las que se puede señalar: agricultura, ganadería, pesca, rústico y caza.


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